Micelio

Artículo 17

Ley 12 de 1883 · Que reorganiza el servicio diplomático y consular

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los sueldos de los Cónsules de Nueva York, Liverpool, Southampton, el Havre, San Nazario y Hamburgo se cubrirán con los fondos que ellos manejen, lo mismo que los de cualesquiera otros Consulados, según lo disponga el Poder Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 12 de 1883