Micelio

Artículo 2

Ley 85 de 1985 · por la cual la Nación honra la memoria del poeta nariñense Aurelio Arturo en el décimo año de su fallecimiento y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de lo dispuesto por el ordinal 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, créase en la ciudad de La Unión (Nariño), cuna del ilustre poeta, la Casa de la Cultura "Aurelio Arturo", la cual contará con los servicios de biblioteca, cinemateca y de una emisora cultural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 85 de 1985