Micelio

Artículo 195

Reserva De Primera Clase De Suboficiales Del Ejército

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva de Primera Clase de Suboficiales del Ejército. La reserva de primera clase de Suboficiales del Ejército está constituida por las siguientes personas, mientras no hayan cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad, y reúnan las condiciones de aptitud sicofísica requeridas

a)

Los Suboficiales del Ejército en situación de retiro.

b)

Las personas que hayan realizado y aprobado cursos especiales para graduarse como Suboficiales de reserva.

c)

Los ex alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales que hayan obtenido un grado como Suboficiales de reserva.

d)

Los soldados bachilleres que hayan obtenido el grado de Suboficiales de reserva, de acuerdo con reglamentación que expida el Comando General de las Fuerzas Militares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 89 de 1984