Micelio

Artículo 9

Separación Patrimonial

Decreto 666 de 2007 · por el cual se reglamentan las cuentas de margen.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Separación patrimonial . Los recursos entregados por los clientes como margen de las cuentas de margen no hacen parte del patrimonio de la sociedad autorizada y deberán ser destinados únicamente al cumplimiento de las obligaciones que con respaldo de dicho margen adquiera el cliente. Por consiguiente, dichos recursos no constituyen prenda general de los acreedores de la sociedad autorizada y están excluidos de la masa de bienes que pueda conformarse, para efectos de cualquier procedimiento o acción legal que pueda involucrar o afectar a dicha sociedad. Así mismo, los recursos provenientes de cuentas de margen deberán estar separados de los provenientes de otras actividades autorizadas por la Ley o el reglamento a las sociedades autorizadas. La Superintendencia Financiera de Colombia determinará la forma como se contabilizarán las cuentas de margen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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