Micelio

Artículo 3

Decreto 1515 de 2000 · por el cual se dictan disposiciones encaminadas a facilitar el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda de interés social, por parte de las Cajas de Compensación Familiar del departamento de Cundinamarca, a los habitantes del municipio San Cayetano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Beneficiarios del subsidio. Serán beneficiarios del subsidio de que trata este decreto, los hogares afectados que habitaban la zona urbana de desastre, en el momento de la declaratoria de las fallas geológicas y condiciones hidrológicas en todo el casco urbano, identificados por la Gobernación del departamento de Cundinamarca y se encuentren relacionados en el censo realizado por el DANE y avalado por la Red de Solidaridad Social.

Parágrafo

Para la asignación del subsidio de vivienda se dará prioridad a los afiliados a las Cajas de Compensación Familiar de la región.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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