Micelio

Artículo 12

E Ntrega De Bienes Vacantes O Mostrencos

Decreto 1303 de 2014 · Por el cual se reglamenta el Decreto 4057 de 2011.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

E ntrega de bienes vacantes o mostrencos. Los bienes vacantes o mostrencos que se encuentren en poder del DAS en supresión, deberán ser transferidos en el estado en que se encuentren y debidamente inventariados, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), de conformidad con lo previsto en el Código Civil y demás normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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