°. Con el fin de que la empresa de calzado de que se habla en el presente Decreto, empiece a funcionar a la mayor brevedad, créase una comisión especial encargada de elaborar sus estatutos y proceder a su organización, y la cual estará integrada por los Gerentes de las entidades enumeradas en el artículo sexto del presente Decreto. Los estatutos de dicha empresa deberán ser aprobados por el Gobierno Nacional.
Decreto 1832 de 1948 →Vigente
Artículo 9
Con El Fin De Que La Empresa De Calzado De Que Se Habla En El Presente Decreto, Empiece A Funcionar A La Mayor Brevedad, Créase Una Comisión Especial Encargada De Elaborar Sus Estatutos Y Proceder A Su Organización, Y La Cual Estará Integrada Por Los Gerentes De Las Entidades Enumeradas En El Artículo Sexto Del Presente Decreto
Decreto 1832 de 1948 · Por el cual se obliga a los patronos al suministro de calzado a sus trabajadores, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.