Micelio

Artículo 16

Ley 86 de 1946 · Sobre propiedad intelectual

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La reproducción de fragmentos literarios y artísticos en las publicaciones destinadas a enseñar o en las recopilaciones de "trozos escogidos", es lícita, dentro de los términos señalados en el inciso primero del artículo anterior; pero no confiere ningún derecho de propiedad, y puede, por consiguiente, ser hecha libremente por cualquiera.

Disposiciones especiales a ciertas obras.

1°-Documentos oficiales, trabajos forenses y discursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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