A partir de la sanción de la presente ley, y de conformidad con los artículos 334, 339 y 341 de la Constitución Política, autorízase al Gobierno Nacional para efectuar asignaciones presupuestales en cuantía de cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000) e incorporarlas en las leyes de presupuesto, ley de apropiaciones y Plan Nacional de Desarrollo, a fin de lograr el diseño y construcción de las siguientes obras:
Construcción y terminación del gran parque de la leyenda "Consuelo Araujonoguera",
Escuela de Música de Talentos Vallenatos "Rafael Escalona", dentro del Parque de la Leyenda;
Mausoleo, donde reposarán los restos mortales de la ex Ministra Consuelo Araujonoguera, que será construido en el lugar que señalen su familia y la Junta Directiva del Festival de la Leyenda Vallenata.
Esta asignación presupuestal es independiente a cualquier otra partida que el Gobierno Nacional haya dispuesto o disponga en el futuro, para la construcción de las obras anteriormente mencionadas.