Micelio

Artículo 2.2.9.1.12

Recepción De Elementos Ilícitos

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recepción de elementos ilícitos. El Ministerio de Defensa Nacional, como delegado del Gobierno nacional, recibirá en las zonas de reunión los elementos ilícitos en poder de los miembros del Grupo Armado Organizado, para lo cual emitirá los lineamientos correspondientes.

La recepción de los elementos ilícitos se realizará de acuerdo con los manuales de custodia y se entregarán a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.

Parágrafo

El Ministerio de Defensa Nacional, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, solicitará a la Procuraduría General de la Nación el acompañamiento y verificación en el desarrollo de las acciones para la recepción de los elementos ilícitos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015