Actuaciones previas a la realización de la audiencia de remate virtual. Una vez efectuada la publicidad del remate de conformidad con el artículo 450 del Código General del Proceso, el funcionario competente de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN deberá incorporar en la herramienta tecnológica adoptada por la entidad, los siguientes documentos: 1.Copia informal de la página del periódico o la constancia del medio de comunicación en que se haya hecho la publicidad. 2.Auto que señala fecha para el remate de los bienes, anexando los correspondientes soportes en formato PDF o imagen. 3. Auto de designación de Secretario Ad-Hoc. 4.Poder otorgado por el postor, con facultad expresa para licitar, cuando corresponda.
Decreto 1625 de 2016 →Vigente
Artículo 1.6.2.9.6
Actuaciones Previas A La Realización De La Audiencia De Remate Virtual
Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.