Derechos por el uso de frecuencias radioeléctricas. Los concesionarios que hagan uso de frecuencias radioeléctricas, pagarán al Ministerio de Comunicaciones los derechos correspondientes, de conformidad con las tarifas establecidas para el efecto. CAPITULO VI Sanciones y disposiciones finales
Decreto 556 de 1998 →Vigente
Artículo 21
Derechos Por El Uso De Frecuencias Radioeléctricas
Decreto 556 de 1998 · por el cual se expiden normas sobre el servicio portador, se reglamenta el Decreto 1900 de 1990 y se deroga el Decreto 1119 del 23 de abril de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.