Micelio

Artículo 2

Diario Oficial

Ley 54 de 1910 · por la cual se corrige el texto de otra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Poder Ejecutivo dispondrá que se reproduzca la Ley 59 de 1905 , convenientemente corregida, en el mismo número del Diario Oficial en que se publique la presente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 54 de 1910