Transporte asistencial en salud. Los Territorios Indígenas autorizados para la administración y operativización del SISPI o las instituciones propias de salud de estos territorios, presentarán ante el Ministerio de Salud y Protección Social proyectos en los que se solicite la financiación y cofinanciación de vehículos de Transporte Asistencial y del componente de transporte extramural (modalidad marítima, fluvial, aérea y/o terrestre), con el fin de garantizar una atención oportuna a los pueblos indígenas, teniendo en cuenta la dispersión geográfica y accesibilidad en las diferentes zonas del país. En los territorios que aún no cuenten con acto administrativo para la administración y operación del SISPI, las entidades territoriales, en coordinación con las Estructuras de Gobierno Propio, deberán dar prioridad a la presentación de los proyectos señalados anteriormente ante el Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de fortalecer la atención de los pueblos indígenas de dichos territorios, garantizando el derecho fundamental a la salud y su atención oportuna. Tales proyectos se financiarán con cargo al Presupuesto General de la Nación realizadas a dicho Ministerio, el cual, dentro de la evaluación que realice para la financiación, los priorizará teniendo en cuenta tanto la dispersión geográfica como las dificultades en la comunicación.
Las Entidades Territoriales podrán concurrir en la financiación de estos proyectos.