°. La autoridad que dispusiere el pago de remuneraciones contraviniendo las prescripciones del presente decreto, será responsable de los valores indebidamente pagados y estará sujeta a las sanciones fiscales, administrativas, penales y civiles previstas en la ley. La Contraloría General de la República velará por el cumplimiento de esta disposición. Los docentes no podrán percibir sumas diferentes a las obtenidas en aplicación del presente decreto.
Decreto 175 de 2014 →Vigente
Artículo 5
La Autoridad Que Dispusiere El Pago De Remuneraciones Contraviniendo Las Prescripciones Del Presente Decreto, Será Responsable De Los Valores Indebidamente Pagados Y Estará Sujeta A Las Sanciones Fiscales, Administrativas, Penales Y Civiles Previstas En La Ley
Decreto 175 de 2014 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para el personal de empleados públicos docentes del Instituto Pedagógico Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.