Micelio

Artículo 71

: El Servicio Seccional De Salud, A Través De Su División De Saneamiento Ambiental, Analizará La Información Recibida De Las Unidades, Tomará Las Medidas Del Caso En Desarrollo De Sus Funciones De Vigilancia Y Control, Preparará El Informe Seccional De Calidad Del Agua Y Lo Remitirá Trimestralmente En Forma Consolidada Al Ministerio De Salud

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

: El servicio seccional de salud, a través de su división de saneamiento ambiental, analizará la información recibida de las unidades, tomará las medidas del caso en desarrollo de sus funciones de vigilancia y control, preparará el informe seccional de calidad del agua y lo remitirá trimestralmente en forma consolidada al ministerio de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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