Micelio

Artículo 107

Ley 9 de 1983 · Por la cual se expiden normas fiscales relacionadas con los impuestos de renta y complementarios, aduanas, ventas y timbre nacional, se fijan unas tarifas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estarán exentos del impuesto sobre la renta, los primeros setenta mil pesos ($ 70.000.00) que el contribuyente reciba mensualmente por concepto de pensiones de jubilación, vejez o invalidez y las dos terceras partes de la cantidad que exceda la anterior, hasta ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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