Micelio

Artículo 25

Ley 83 de 1936 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación y se dictan algunas disposiciones en relación con el Ministerio Público y el Poder Judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Procurador General tendrá franquicia en los correos y telégrafos nacionales. Asimismo la tendrán los demás empleados cuando estuvieren fuera de la capital en cumplimiento de gestiones que les hubiere encomendado la Procuraduría. Con tal fin, debe solicitarse la orden respectiva del Ministerio de Correos y Telégrafos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1936