: Autorízase al Gobierno para que cuando lo estime conveniente rebaje ó suprima del todo los derechos de exportación, y también por modificar, elevando ó disminuyendo el arancel aduanero de importación en defensa de los productos colombianos, cuando éstos fueren gravados de modo excesivo en las tarifas aduaneras de otros países.
Ley 22 de 1908 →Vigente
Artículo 8
Ley 22 de 1908 · por la cual se dictan algunas disposiciones sobre tarifa de aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.