Micelio

Artículo 4

Por Su Finalidad, La Pesca Se Clasifica Así

Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Por su finalidad, la pesca se clasifica así

a)

De explotación, comercio o industrial, que se efectúa con el objeto de obtener beneficio económico;

b)

Doméstica, la que tiene como objeto exclusivo servir de alimento a quienes la ejecutan y a sus familiares, siempre que se efectúe en lugares inmediatos al domicilio del pescador;

c)

Científica, la que se hace únicamente con fines de investigación y estudio;

d)

Deportiva, la que se hace como distracción o ejercicio, sin otra finalidad que su realización misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 376 de 1957