Micelio

Artículo 2.5.7.1.5.7

Reuniones Ordinarias Y Extraordinarias

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reuniones ordinarias y extraordinarias. Las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Interinstitucional del Viche/Biche, se realizarán de manera presencial, virtual a través de videollamada o videoconferencia, o votos sucesivos.

Para que la reunión no presencial se repute válida, es necesario:

1.

Que la totalidad de los miembros posesionados con voz y voto, hayan sido con­vocados a la reunión.

2.

Que el mecanismo de comunicación permita la simultaneidad y/o interacción sucesiva.

3.

Que estén dadas las condiciones para que La Secretaría del Comité Interinstitu­cional pueda grabar el desarrollo de la sesión virtual, para lo cual los miembros y asistentes deberán autorizar expresamente la grabación.

Parágrafo 1

Se podrán tomar decisiones válidas mediante aprobación a través de correo electrónico. Para dichos casos se requerirá que, mediante documentos separados o correos electrónicos, cada uno de los miembros exprese el sentido de su voto o comentarios respecto de una proposición enviada por la Secretaría del Comité Interinstitucional del Viche/Biche.

Parágrafo 2

Para la realización de las mesas técnicas, la Secretaría Técnica remitirá por los medios pertinentes a los delegados o delegadas vicheros/bicheros antes de cada reunión, el documento de trabajo del tema específico a tratar.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1080 de 2015