Micelio

Artículo 415

El Que En Una Hoja Firmada En Blanco Que Se Le Haya Confiado Para Determinado Fin; Escriba Cosas Contrarias A Lo Convenido, Capaces De Producir Efectos Jurídicos En Perjuicio De Quien La Firmó O De Un Tercero, Estará Sujeto A Prisión De Seis Meses A Tres Años Y Multa De Diez A Mil Pesos

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que en una hoja firmada en blanco que se le haya confiado para determinado fin; escriba cosas contrarias a lo convenido, capaces de producir efectos jurídicos en perjuicio de quien la firmó o de un tercero, estará sujeto a prisión de seis meses a tres años y multa de diez a mil pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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