º Para el año gravable de 1984 la tasa de interés para determinar el rendimiento mínimo anual de los préstamos en dinero a que se refieren los artículos 20 de la Ley 9º de 1983 y 16 del Decreto 353 de 1984, es del veinte por ciento (20%).
Decreto 634 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º Para El Año Gravable De 1984 La Tasa De Interés Para Determinar El Rendimiento Mínimo Anual De Los Préstamos En Dinero A Que Se Refieren Los Artículos 20 De La Ley 9º De 1983 Y 16 Del Decreto 353 De 1984, Es Del Veinte Por Ciento (20%)
Decreto 634 de 1985 · Por la cual se reglamentan los artículos 20 y 96 dela Ley 9ªde 1983 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.