°. Para las subpartidas arancelarias 2903.99.11.00, 2903.99.19 .00, 2903.99 20.00, 2903.99.31.00, 2903.99.39.00, 2903.99.90.00, 2921.19.41.00, 2921.19.42.00 y 2921.19.49.00, creadas mediante el Decreto 1498 de 2014, es aplicable la desgravación establecida mediante el Decreto 1755 de 2013, es decir, un gravamen arancelario de 0%.
Decreto 275 de 2015 →Vigente
Artículo 1
Para Las Subpartidas Arancelarias 2903
Decreto 275 de 2015 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.