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Artículo 38

Funciones De La Dirección Regional Aeronáutica

Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección Regional Aeronáutica. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General y del Secretario Técnico-Aeronáutico, son funciones de la Dirección Regional Aeronáutica, para ejercerlas directamente o a través de sus Divisiones, las siguientes

1.

En coordinación con la dirección de Operaciones Aéreas del nivel central, prestar los servicios de aeronavegación dentro de su jurisdicción.

2.

Supervisar y controlar el espacio aéreo de su jurisdicción, y verificar el cumplimiento de las normas y reglamentos de aeronavegación con el fin de garantizar la seguridad aérea.

3.

Proponer y ejecutar los programas de mantenimiento e instalaciones de la infraestructura de Telecomunicaciones, informática y ayudas a la navegación aérea a nivel regional.

4.

Cumplir con los procedimientos y normas de mantenimiento establecidas por la Secretaría Técnico-Aeronáutica.

5.

Supervisar, vigilar e inspeccionar la operación de las aeronaves, la licencia expedida por la autoridad aeronáutica y todo lo relacionado con la seguridad aérea que le sea delegado por la Oficina de Control y Seguridad Aérea.

6.

Vigilar, orientar y controlar la administración de los Centros de Control y Diagnóstico de la Infraestructura de Aeronavegación y elaborar los informes técnicos de comportamiento y desempeño.

7.

Supervisar, vigilar e inspeccionar el buen mantenimiento de las telecomunicaciones, radioayudas, medios de protección de vuelo en general, en coordinación con el nivel central.

8.

De conformidad con las delegaciones de la Secretaría Aeroportuaria y sus Direcciones, supervisar, controlar y garantizar que las pistas de los aeropuertos de su jurisdicción cumplan con las normas y especificaciones técnicas, así como adelantar las investigaciones y estudios que le sean asignados.

9.

Las demás que le sean asignadas o delegadas por el Director General y el Secretario Aeronáutico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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