° Las estampillas a que se refiere el presente Decreto, tendrán valor postal pór tiempo indefinido. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2487 de 1950 →Vigente
Artículo 2
Las Estampillas A Que Se Refiere El Presente Decreto, Tendrán Valor Postal Pór Tiempo Indefinido
Decreto 2487 de 1950 · por el cual se ordena el resello de unas estampillas, y se le da validez provisional a una emisión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.