Decreto 2237 de 1973 · Por el cual se reglamentan los nuevos artículos 127, 125 y 128 de la Ley 135 de 1961, introducidos a este estatuto por el artículo 38 de la Ley 4ª de 1973, y el Decreto extraordinario número 2236 de 1973, que contiene el Estatuto Orgánico del Fondo de Bienestar Veredal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Son funciones de la Junta Directiva
1.
Señalar la política del Fondo en cuanto a la naturaleza de las actividades que deba desarrollar en cumplimiento de la ley y de los reglamentos;
2.
Emitir concepto sobre todo acto o contrato, cuya cuantía exceda la suma de $ 200.000.00;
3.
Aprobar los planes y programas que se deban realizar con los recursos del Fondo;
4.
Dictar el reglamento que regule el manejo de los bienes y operaciones del Fondo, con arreglo a las disposiciones reglamentadas y las contenidas en el presente Decreto;
5.
Reglamentar el funcionamiento de los comités Departamentales y locales de desarrollo rural.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.