Los retiros de recursos de las cuentas de las entidades territoriales en el Fonpet para el pago de bonos pensionales o cuotas partes de bonos pensionales, se efectuarán de conformidad con la normativa vigente, sin que la entidad territorial requiera acreditar previamente la incorporación en su presupuesto.
Durante la vigencia las entidades territoriales comprometidas deberán realizar la incorporación presupuestal y el registro contable de los pagos que por estos conceptos sean realizados por el Fonpet, de acuerdo con la instrucción y demás información que suministre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.