Micelio

Artículo 15

De Los Estatutos

Decreto 1390 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 10 de enero de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los estatutos. Los estatutos de cada asociación deberán contener, cuando menos

a)

Qué municipios la forman; el nombre, domicilio y dirección de la asociación;

b)

Qué servicios públicos constituyen su objeto;

c)

Los aportes de los municipios asociados y los demás bienes que formen su patrimonio;

d)

Competencia de sus órganos de administración y la representación que tendrán en ellos los asociados;

e)

Procedimiento para reformar los estatutos; modo de resolver las diferencias que ocurran entre los asociados y lo relativo a la disolución y liquidación de la asociación, y d) Régimen interno de administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1390 de 1976