Micelio

Artículo 2

Ley 61 de 1920 · Por la cual se ordena la construcción de varios cuarteles

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También procederá el Gobierno, cuando lo estime conveniente y los recursos fiscales lo permitan, a construir en la ciudad de Pasto otro cuartel para la fuerza acantonada en esa plaza, adquiriendo previamente el sitio indispensable al efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 61 de 1920