Para la fijación del avalúo en juicios de expropiación, los peritos tendrán en cuenta el último valor asignado por su propietario o poseedor al inmueble de que se trata, y los avalúos no podrán exceder de ese valor salvo que medien circunstancias especiales, de las cuales dejarán constancia los peritos.
Decreto 259 de 1954 →Vigente
Artículo 15
Para La Fijación Del Avalúo En Juicios De Expropiación, Los Peritos Tendrán En Cuenta El Último Valor Asignado Por Su Propietario O Poseedor Al Inmueble De Que Se Trata, Y Los Avalúos No Podrán Exceder De Ese Valor Salvo Que Medien Circunstancias Especiales, De Las Cuales Dejarán Constancia Los Peritos
Decreto 259 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre los avalúos catastrales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.