°. Modificación del artículo 2.2.6.5.9. del Decreto número 1072 de 2015. Modifíquese el artículo 2.2.6.5.9. del Decreto número 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, el cual quedará así: “ Artículo 2.2.6.5.9. Sucursales. El funcionamiento de las sucursales de las Empresas de Servicios Temporales no requerirá autorización por parte del Ministerio del Trabajo. Para efectos de ejercer las acciones de inspección, vigilancia y control respecto de dichas sucursales, la Empresa de Servicios Temporales, dentro del mes siguiente a la inscripción de la sucursal en el registro mercantil, informará de este hecho a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo que le otorgó autorización de funcionamiento, la que a su vez, informará de este hecho a la Dirección Territorial del domicilio de la respectiva sucursal”.
Decreto 2280 de 2019 →Vigente
Artículo 1
Modificación Del Artículo 2
Decreto 2280 de 2019 · por el cual se modifica el artículo 2.2.6.5.9. del Decreto número 1072 de 2015, para suprimir la autorización de funcionamiento de sucursales de Empresas de Servicios Temporales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.