º Límite de concentración de propiedad accionaria. Los Fondos de Cesantía sólo podrán invertir en acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones de una sociedad, hasta el 10% de las acciones y hasta el 10% de los bonos obligatoriamente convertibles en acciones, en circulación teniendo en cuenta en todo caso el límite máximo por emisor del que trata el artículo 6º.
Decreto 1885 de 1994 →Vigente
Artículo 8
º Límite De Concentración De Propiedad Accionaria
Decreto 1885 de 1994 · por medio del cual se establecen las condiciones y límites a los que deben sujetarse las inversiones de los Fondos de Cesantía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.