Micelio

Artículo 25

Recibida La Solicitud De Cancelación O De Suspensión De Que Trata El Artículo Anterior, El Consejo Nacional Profesional De Ingeniería Y Arquitectura Ordenará Citar Al Técnico Constructor Para Que Dentro De Los Treinta Días Siguientes, Se Presente A Contestar Los Cargos Y Presentar Las Pruebas Correspondientes

Decreto 523 de 1976 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 14 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recibida la solicitud de cancelación o de suspensión de que trata el artículo anterior, el Consejo Nacional Profesional de Ingeniería y Arquitectura ordenará citar al técnico constructor para que dentro de los treinta días siguientes, se presente a contestar los cargos y presentar las pruebas correspondientes. Dentro de los quince días siguientes al vencimiento del término anterior, el consejo dictará la resolución pertinente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 523 de 1976