º Las personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas por el presente Decreto, tienen obligación de declarar esta circunstancia en el acta de posesión o en el contrato correspondiente. Este aviso se pasará a la Contraloría General de la República, donde se llevará un libro registro para hacer tales anotaciones. El incumplimiento de esta obligación hará incurrir a quien la omita en una sanción de cien pesos ($ 100.00) a mil pesos ($1000.00), que impondrá el Contralor General de la República.
Decreto 1713 de 1960 →Vigente
Artículo 9
Las Personas Que Se Encuentren En Alguna De Las Situaciones Contempladas Por El Presente Decreto, Tienen Obligación De Declarar Esta Circunstancia En El Acta De Posesión O En El Contrato Correspondiente
Decreto 1713 de 1960 · por el cual se determinan algunas excepciones a las incompatibilidades establecidas en el artículo 64 de la Constitución.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.