Art. 6. ° Para el pago de los profesores, dotacion de empleados subalternos, compra de útiles, libros i modelos para la enseñanza, adquisicion de cuadros, esculturas i demás objetos de arte que puedan obtenerse en el país para el museo, i para el arreglo i conservación del local, podrá disponer el Poder Ejecutivo hasta de la suma de diez i ocho mil pesos anuales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.