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Artículo 20

Sistemas De Información Para El Control Del Pago De La Contribución Sabes

Ley 1911 de 2018 · por medio de la cual se crea la contribución solidaria a la educación superior y se dictan otras disposiciones sobre los mecanismos y las estrategias para lograr la financiación sostenible de la educación superior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El control y supervisión de la causación y pago de la Contribución Sabes, se realizará a través de los sistemas de información del Icetex, de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y del Ministerio de Salud y Protección Social. Este sistema integrado de información se gestionará a través de los mecanismos y procedimientos que fije el Gobierno nacional mediante reglamento.

Parágrafo

Los bancos, la DIAN y demás entidades que, en virtud de la autorización para acceder a los datos, conozcan las informaciones y demás datos de carácter tributario de las declaraciones, deberán guardar la más absoluta reserva con relación a ellos y solo podrán utilizar para los fines del procesamiento de la información, que demanden los reportes de recaudo y recepción que sean exigidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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