º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente, lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 14 del Decreto 1485 de 1994.
Decreto 1070 de 1995 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 1070 de 1995 · por el cual se aclaran los términos para traslados de las Instituciones de Seguridad Social a las Entidades Promotoras de Salud y se autoriza temporalmente la prestación del Plan Obligatorio de Salud a trabajadores independientes, cuya base de cotización sea inferior a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con la recomendación del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud contenida en el Acuerdo número 17 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.