Micelio

Artículo 12

Decreto 286 de 1967 · Sobre reglamentación de la actividad canina en el país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo duodécimo. El Ministerio de Agricultura se­ñalará las tarifas que se causen por concepto de los ser­vicios prestados por la Asociación Canina Colombiana y por las Asociaciones Especializadas. CAPITULO III De las exposiciones y concursos caninos .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 286 de 1967