Micelio

Artículo 2

A Partir D El 1° De Enero De 2002, El Sueldo Mensual De Los Empleos Del Instituto Nacional De Medicina Legal Y Ciencias Forenses, Quedará Así: Grado Asignación Básica Grado Asignación Básica 1 366

Decreto 664 de 2002 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir d el 1° de enero de 2002, el sueldo mensual de los empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, quedará así: Grado Asignación básica Grado Asignación básica 1 366.313 19 2.264.033 2 429.011 20 2.487.670 3 511.508 21 2.595.418 4 584.805 22 3.080.570 5 700.164 23 3.201.931 6 804.158 24 3.324.382 7 883.632 25 3.447.079 8 998.488 26 3.569.012 9 1.103.055 27 3.691.181 10 1.215.660 28 3.810.288 11 1.315.416 29 3.933.698 12 1.425.710 30 4.055.927 13 1.523.460 31 4.068.343 14 1.632.323 32 4.186.819 15 1.726.110 33 4.306.862 16 1.833.512 34 4.425.196 17 1.941.588 35 4.545.203 18 2.049.142

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 664 de 2002