º . Las actividades de control y seguimiento de beneficiarios, en los programas de atención a grupos específicos, tales como: hipertensos, diabéticos, crecimiento y desarrollo, atención prenatal, higiene mental, higiene industrial, salud ocupacional, realizadas por profesionales de la salud en las áreas de Enfermería, Trabajo Social, Salud Mental, Optometría, Nutrición y Terapias, serán pagados por el Instituto, así: 39156 Actividad de control y seguimiento de beneficiarios en a grupos específicos 500
Decreto 1000 de 1992 →Vigente
Artículo 64
º
Decreto 1000 de 1992 · por el cual se aprueba el "Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas", para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.