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Artículo 1

Declaratoria De Existencia De Zonas Francas Permanentes Dedicadas Exclusivamente A Las Actividades De Evaluación Técnica, Exploración Y Producción De Hidrocarburos Costa Afuera Y Sus Actividades Relacionadas

Decreto 2682 de 2014 · por el cual se establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Costa Afuera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes dedicadas exclusivamente a las actividades de evaluación técnica, exploración y producción de hidrocarburos costa afuera y sus actividades relacionadas . Sin perjuicio de lo establecido por el

Parágrafo 1

del artículo 392-1 del Decreto número 2685 de 1999, modificado por el artículo 2° del Decreto número 4051 de 2007, podrá declararse la existencia de Zonas Francas Permanentes en cualquier parte del territorio nacional costa afuera dedicadas exclusivamente a las actividades de evaluación técnica, exploración y producción de hidrocarburos costa afuera, así como las actividades de logística, compresión, transformación, licuefacción de gas y demás actividades directamente relacionadas con el sector de hidrocarburos costa afuera. Esta declaratoria podrá comprender áreas continentales o insulares para el desarrollo de las actividades descritas en el inciso anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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