Micelio

Artículo 82

El Personal Especializado Adscrito A Las Misiones Diplomáticas De La República Comprende: Europeo

Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal especializado adscrito a las misiones diplomáticas de la República comprende: Europeo

a)

El que integre la misión ante el Mercado Común;

b)

Los Agregados y Adjuntos Militares;

c)

Los Consejeros y Agregados Comerciales;

d)

Los funcionarios de la Federación Nacional de Cafeteros en el Exterior, y

e)

Cualesquiera personas que en forma ocasional o permanente presten servicios de asesoría especializada a las misiones diplomáticas y que no pertenezcan al Escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, siempre que su nombramiento se haya producido por decreto ejecutivo, firmado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro del ramo, si fuere del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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