Micelio

Artículo 2.3.1.1.3.13

Tiempo Mínimo De Servicio En Unidades Para Suboficiales

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tiempo Mínimo de Servicio en Unidades para Suboficiales. Para ascender al grado inmediatamente superior, los Suboficiales de las Fuerzas Militares deberán acreditar un tiempo mínimo, de un (1) año de servicio en cada grado, en cargos que correspondan a su especialidad, en unidades terrestres, navales y aéreas, desde el grado de Cabo Tercero, Marinero Segundo o Aerotécnico, hasta el grado de Sargento Segundo, Suboficial Segundo o Suboficial Técnico Segundo.

(Decreto 1495 de 2002 artículo 24)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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