Micelio

Artículo 7

Solicitud De Calificación De Entidades Cooperativas

Decreto 1514 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras dispocisiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Solicitud de calificación de entidades cooperativas. Adicionase el artículo 12 del Decreto 124 de 1997, con el siguiente

Parágrafo

Parágrafo

En todo caso, para los efectos previstos en el presente decreto, cuando la solicitud sea presentada por una de las entidades cooperativas a que hace referencia el numeral cuarto del artículo 19 del Estatuto Tributario, el comité otorgará la respectiva calificación teniendo en cuenta las disposiciones de la legislación cooperativa vigente. En este sentido, la información financiera presentada ante el comité deberá cumplir con las normas contables exigidas a dichas entidades por la autoridad de inspección, vigilancia y control, a la cual se encuentren sometidas”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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