° Fíjanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas para el año económico de 1910 en la cantidad de diez millones ochocientos treinta y un mil quinientos pesos ($ 10.831,500), así: Derechos de Aduana $ 7.000,000 Dos por ciento para la conversión 140,00 Derechos de puerto 125,000 Derechos de exportación 10,000 Derechos de sanidad 20,000 Derechos consulares 300,000 Pasan 7.595,000 Vienen 7.595,000 Correos 140,000 Telégrafos 270,000 Lazaretos 110,000 Producto de ferrocarriles 200,000 Bienes nacionales 50,000 Patentes de privilegio 500 Salinas marítimas 500,000 Salinas terrestres 640,000 Carboneras de San Jorge 25,000 Minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez 400,000 Minas de Santa Ana y La Manta, Supía y Marmato 32,000 Derechos sobre minas 12,000 Papel sellado y timbre nacional 450,000 Cigarrillos 4,000 Fósforos 1,000 Derechos de exportación de las pieles de caimán 2,000 Ingresos varios 100,000 Rentas de vigencias anteriores 300,000 Total $ 10.831,500
Decreto 43 de 1910 →Vigente
Artículo 1
° Fíjanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Para El Año Económico De 1910 En La Cantidad De Diez Millones Ochocientos Treinta Y Un Mil Quinientos Pesos ($ 10
Decreto 43 de 1910 · Sobre primera liquidación de los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos y del especial de crédito público para la vigencia económica de 1910
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.