Micelio

Artículo 2.6.1.2.2

Integración De Los Planes Especiales De Intervención Integral

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración de los Planes Especiales de Intervención Integral. Cada PEII estará integrado por

1.

Plan de aceleración de PDET, para hacer efectiva la prioridad de la prestación de servicios sociales.

2.

Plan de medidas reforzadas de protección a la población, en el marco de la com­petencia constitucional de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

3.

Plan de fortalecimiento del Estado social de derecho, conforme a las normas constitucionales que regulan el orden público y la administración de justicia. En caso de que se identifique la necesidad de una intervención no contemplada en el PDET, esta hará parte del respectivo PEII pero no podrá financiarse con cargo a los recursos destinados para la financiación del PDET. En los casos de impacto directo en comunidades étnicas y de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional, se llevará a cabo la consulta previa que se requiera para la ejecución de los componentes de los planes que correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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