Micelio

Artículo 11

Suspensión De La Autorización

Decreto 800 de 1992 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los servicios de Medicina Prepagada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspensión de la autorización. La suspensión de la autorización de funcionamiento concedida a una entidad que cumple actividades de Medicina Prepagada, podrá ser ordenada por el Superintendente Nacional de Salud en los siguientes casos

1.

A petición de la misma entidad.

2.

Cuando la entidad incumpla con cualquiera de los requisitos establecidos por este Decreto, para el otorgamiento de la autorización. 3 Cuando el plan de saneamiento y recuperación convenido con la Superintendencia Nacional de Salud, no se haya cumplido en las condiciones y plazos estipulados. 4. Cuando se compruebe la falta de actividad en alguna cobertura de atención en plazo superior a un (1) año, sin causa justificada. 5. Por suspensión de las actividades de la sociedad. 6. Por no alcanzar a constituir el mínimo de patrimonio técnico exigido en el presente Decreto o demás normas que lo modifiquen o sustituyan. 7. Las demás causales establecidas en la ley, los decretos y los estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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