° Las empresas obligadas a pagar el gravamen que se establece deberán consignar el 8% de que trata el
Parágrafo
del artículo 1°, en la respectiva Administración de Impuestos Nacionales.
Las Empresas Obligadas A Pagar El Gravamen Que Se Establece Deberán Consignar El 8% De Que Trata El Parágrafo Del Artículo 1°, En La Respectiva Administración De Impuestos Nacionales
Decreto 1665 de 1966 · por el cual se establece un impuesto ad valórem sobre el consumo de cervezas de producción nacional, y se suspenden unas disposiciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Las empresas obligadas a pagar el gravamen que se establece deberán consignar el 8% de que trata el
del artículo 1°, en la respectiva Administración de Impuestos Nacionales.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.