Micelio

Artículo 46

Los Oficiales De Las Fuerzas De Policía, Tendrán Derecho A Una Partida Anual Para Vestuario Y Equipo, Cuya Cuantía Deberá Ser Fijada Por El Gobierno Y Administrada En La Forma Que Éste Determine

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales de las Fuerzas de Policía, tendrán derecho a una partida anual para vestuario y equipo, cuya cuantía deberá ser fijada por el Gobierno y administrada en la forma que éste determine.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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